Contrariamente al impulso comunitario que ha venido empujando al legislador estatal en materia de evaluación ambiental, la aprobación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, no trata de responder a ninguna suerte de deber de transponer al ordenamiento jurídico español una nueva Directiva comunitaria o la reforma de alguna de las existentes en la materia.