SINOPSIS
El legislador ha previsto, de forma no agrupada en el Estatuto de los Trabajadores, una serie de medidas de flexibilidad que hacen posible modificar las condiciones de trabajo, a través de diversos mecanismos jurídicos que permiten modificar el régimen jurídico previsto en el convenio colectivo de aplicación, condiciones de trabajo recogidas en el contrato o en pactos colectivos y condiciones más beneficiosas; funciones; ubicación física del centro de trabajo; jornada